Amaia Arenal Vidorreta
Concejala de grupo político · UDALBERRI
Cuánto gana Amaia Arenal Vidorreta: percibe 53.014 € brutos al año (3787 € al mes) en 2026 como concejala de grupo político en Ayuntamiento De Bilbao.
- Cargo
- Concejala de grupo político
- Institución
- Ayuntamiento De Bilbao
- Partido
- UDALBERRI
- Comunidad
- País Vasco
- Municipio
- Bilbao
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los concejales en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 5849 € menos al año que la media de concejales (90 %).
Sueldo y retribuciones de Amaia Arenal Vidorreta
Concejala de grupo político
UDALBERRIHasta 2019| Salario bruto mensual | 3786,69 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 53.013,72 € |
| Salario base | 53.013,72 € |
Dedicación 75%
Concejala de grupo político
UDALBERRIHasta 2019| Salario bruto mensual | 3786,69 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 53.013,72 € |
| Salario base | 53.013,72 € |
Dedicación 75%
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¿Cuánto gana Amaia Arenal Vidorreta?
Amaia Arenal Vidorreta percibe un sueldo bruto anual de 53.014 € en 2026 como Concejala de grupo político en Ayuntamiento De Bilbao. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Amaia Arenal Vidorreta al mes?
Amaia Arenal Vidorreta percibe 3787 € brutos al mes, equivalentes a 53.014 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Amaia Arenal Vidorreta?
El sueldo bruto anual de Amaia Arenal Vidorreta (53.014 €) equivale a 3,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Amaia Arenal Vidorreta?
Amaia Arenal Vidorreta está afiliado o vinculado a UDALBERRI.
¿Qué cargo tiene actualmente Amaia Arenal Vidorreta?
Amaia Arenal Vidorreta ocupa actualmente el cargo de Concejala de grupo político en Ayuntamiento De Bilbao (País Vasco).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .