Amparo Bella Rando
Concejal · Podemos
Cuánto gana Amparo Bella Rando: percibe 75.197 € brutos al año (5371 € al mes) en 2026 como concejal.
- Cargo
- Concejal
- Partido
- Podemos
- Nacimiento
- 1 de enero de 1961 · 65 años
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los concejales en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 16.335 € más al año que la media de concejales (128 %).
Sueldo y retribuciones de Amparo Bella Rando
Concejal
Podemos2019–2023| Salario bruto mensual | 5371,23 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 75.197,22 € |
Concejal
Podemos2019–2023| Salario bruto mensual | 5371,23 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 75.197,22 € |
Diputada
PodemosHasta 2019| Salario bruto mensual | 4029,64 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 56.414,89 € |
| Salario base | 43.913,38 € |
| Dietas | 8966,45 € |
| Trienios | 3535,06 € |
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¿Cuánto gana Amparo Bella Rando?
Amparo Bella Rando percibe un sueldo bruto anual de 75.197 € en 2026 como Concejal. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Amparo Bella Rando al mes?
Amparo Bella Rando percibe 5371 € brutos al mes, equivalentes a 75.197 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Amparo Bella Rando?
El sueldo bruto anual de Amparo Bella Rando (75.197 €) equivale a 4,4 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Amparo Bella Rando?
Amparo Bella Rando está afiliado o vinculado a Podemos.
¿Qué cargo tiene actualmente Amparo Bella Rando?
Amparo Bella Rando ocupa actualmente el cargo de Concejal.
¿Qué edad tiene Amparo Bella Rando?
Amparo Bella Rando nació el 1 de enero de 1961 y tiene 65 años actualmente.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .