Ana Braña Rodríguez-Abello
Concejal · Foro Asturias
Cuánto gana Ana Braña Rodríguez-Abello: percibe 46.770 € brutos al año (3341 € al mes) en 2026 como concejal.
- Cargo
- Concejal
- Partido
- Foro Asturias
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los concejales en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 12.092 € menos al año que la media de concejales (79 %).
Sueldo y retribuciones de Ana Braña Rodríguez-Abello
Concejal
Foro AsturiasDesde 2019| Salario bruto mensual | 3340,74 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 46.770,38 € |
Dedicación al 80%
Concejal
Foro AsturiasDesde 2019| Salario bruto mensual | 3340,74 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 46.770,38 € |
Dedicación al 80%
Segunda Teniente de Alcalde
Foro AsturiasHasta 2019| Salario bruto mensual | 3719,56 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 52.073,84 € |
Otros políticos de Foro Asturias
Ver todos →Otros concejales
Ver todos →Comparar a Ana Braña Rodríguez-Abello con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Ana Braña Rodríguez-Abello?
Ana Braña Rodríguez-Abello percibe un sueldo bruto anual de 46.770 € en 2026 como Concejal. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Ana Braña Rodríguez-Abello al mes?
Ana Braña Rodríguez-Abello percibe 3341 € brutos al mes, equivalentes a 46.770 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Ana Braña Rodríguez-Abello?
El sueldo bruto anual de Ana Braña Rodríguez-Abello (46.770 €) equivale a 2,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Ana Braña Rodríguez-Abello?
Ana Braña Rodríguez-Abello está afiliado o vinculado a Foro Asturias.
¿Qué cargo tiene actualmente Ana Braña Rodríguez-Abello?
Ana Braña Rodríguez-Abello ocupa actualmente el cargo de Concejal.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .