Ana González Montiel
Asesora de la Concejalía delegada de Servicios Operativos · Independiente
Cuánto gana Ana González Montiel: percibe 45.000 € brutos al año (3214 € al mes) en 2026 como asesora de la concejalía delegada de servicios operativos.
- Cargo
- Asesora de la Concejalía delegada de Servicios Operativos
- Partido
- Independiente
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Cobra 13.862 € menos al año que la media de concejales (76 %).
Sueldo y retribuciones de Ana González Montiel
Asesora de la Concejalía delegada de Servicios Operativos
Sin partidoDesde 2019| Salario bruto mensual | 3214,29 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 45.000,00 € |
Asesora de la Concejalía delegada de Servicios Operativos
Sin partidoDesde 2019| Salario bruto mensual | 3214,29 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 45.000,00 € |
Dirección técnica de Servicios Operativos y Fiestas
Sin partidoHasta 2019| Salario bruto mensual | 2892,55 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 40.495,69 € |
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¿Cuánto gana Ana González Montiel?
Ana González Montiel percibe un sueldo bruto anual de 45.000 € en 2026 como Asesora de la Concejalía delegada de Servicios Operativos. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Ana González Montiel al mes?
Ana González Montiel percibe 3214 € brutos al mes, equivalentes a 45.000 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Ana González Montiel?
El sueldo bruto anual de Ana González Montiel (45.000 €) equivale a 2,6 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Ana González Montiel?
Ana González Montiel está afiliado o vinculado a Independiente.
¿Qué cargo tiene actualmente Ana González Montiel?
Ana González Montiel ocupa actualmente el cargo de Asesora de la Concejalía delegada de Servicios Operativos.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .