Ana María Domínguez Soler
Concejal · Ciudadanos
Cuánto gana Ana María Domínguez Soler: percibe 47.442 € brutos al año (3389 € al mes) en 2026 como concejal en Ayuntamiento De Madrid.
- Cargo
- Concejal
- Institución
- Ayuntamiento De Madrid
- Partido
- Ciudadanos
- Comunidad
- Comunidad de Madrid
- Municipio
- Madrid
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los concejales en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 11.420 € menos al año que la media de concejales (81 %).
Sueldo y retribuciones de Ana María Domínguez Soler
Concejal
CiudadanosHasta 2019| Salario bruto mensual | 3388,74 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 47.442,30 € |
Dedicación 75%
Concejal
CiudadanosHasta 2019| Salario bruto mensual | 3388,74 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 47.442,30 € |
Dedicación 75%
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¿Cuánto gana Ana María Domínguez Soler?
Ana María Domínguez Soler percibe un sueldo bruto anual de 47.442 € en 2026 como Concejal en Ayuntamiento De Madrid. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Ana María Domínguez Soler al mes?
Ana María Domínguez Soler percibe 3389 € brutos al mes, equivalentes a 47.442 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Ana María Domínguez Soler?
El sueldo bruto anual de Ana María Domínguez Soler (47.442 €) equivale a 2,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Ana María Domínguez Soler?
Ana María Domínguez Soler está afiliado o vinculado a Ciudadanos.
¿Qué cargo tiene actualmente Ana María Domínguez Soler?
Ana María Domínguez Soler ocupa actualmente el cargo de Concejal en Ayuntamiento De Madrid (Comunidad de Madrid).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .