Antònia Martín Perdiz
Concejala de Sanidad y Consumo · Som Palma
Cuánto gana Antònia Martín Perdiz: percibe 51.294 € brutos al año (3664 € al mes) en 2026 como concejala de sanidad y consumo en Ayuntamiento De Palma De Mallorca.
- Cargo
- Concejala de Sanidad y Consumo
- Institución
- Ayuntamiento De Palma De Mallorca
- Partido
- Som Palma
- Comunidad
- Islas Baleares
- Municipio
- Palma De Mallorca
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los concejales en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 7569 € menos al año que la media de concejales (87 %).
Sueldo y retribuciones de Antònia Martín Perdiz
Concejala de Sanidad y Consumo
Som PalmaHasta 2016| Salario bruto mensual | 3663,83 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 51.293,62 € |
Concejala de Sanidad y Consumo
Som PalmaHasta 2016| Salario bruto mensual | 3663,83 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 51.293,62 € |
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¿Cuánto gana Antònia Martín Perdiz?
Antònia Martín Perdiz percibe un sueldo bruto anual de 51.294 € en 2026 como Concejala de Sanidad y Consumo en Ayuntamiento De Palma De Mallorca. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Antònia Martín Perdiz al mes?
Antònia Martín Perdiz percibe 3664 € brutos al mes, equivalentes a 51.294 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Antònia Martín Perdiz?
El sueldo bruto anual de Antònia Martín Perdiz (51.294 €) equivale a 3,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Antònia Martín Perdiz?
Antònia Martín Perdiz está afiliado o vinculado a Som Palma.
¿Qué cargo tiene actualmente Antònia Martín Perdiz?
Antònia Martín Perdiz ocupa actualmente el cargo de Concejala de Sanidad y Consumo en Ayuntamiento De Palma De Mallorca (Islas Baleares).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .