Cargo histórico

Carmen Lourdes Armas Peñate

Concejal de Educación, Seguridad y Emergencias, Servicios Sociales, Participación Ciudadana y Juventud · PSOE

Cuánto gana Carmen Lourdes Armas Peñate: percibe 66.000 € brutos al año (5500 € al mes) en 2026 como concejal de educación, seguridad y emergencias, servicios sociales, participación ciudadana y juventud.

Sueldo bruto anual66.000 €
Mensual5500 €
Su sueldo equivale a 2,2 veces el salario medio bruto anual en España.Salario medio: 29.540 € brutos/año (INE, año 2024).
+12%vs media de concejales
El sueldo, en perspectiva

Cobra 3,9 veces el Salario Mínimo Interprofesional

Equivale a 3,9 veces el SMI.

Sueldo de Carmen Lourdes66 mil €Directivos y gerentes59,5 mil €Técnicos y profesionales39,4 mil €Hostelería y servicios19 mil €Salario Mínimo (2026)17,1 mil €Ocupaciones elementales17 mil €

Fuentes: INE — Encuesta Anual de Estructura Salarial (datos 2024); INE — Encuesta de Estructura Salarial (grupos profesionales, datos 2022); BOE — Salario Mínimo Interprofesional 2026.

¿A cuántos trabajadores equivale su sueldo?

Lo que Carmen Lourdes Armas Peñate cobra en un año equivale al salario bruto anual de:

  • 1,1Directivos y gerentes(59.479 €/año cada uno)
  • 1,7Técnicos y profesionales(39.356 €/año cada uno)
  • 2,1Técnicos de apoyo(31.900 €/año cada uno)
  • 2,7Operadores de maquinaria y conductores(24.793 €/año cada uno)
  • 2,7Industria y construcción cualificada(24.318 €/año cada uno)
  • 2,7Empleados administrativos(24.198 €/año cada uno)
  • 3,1Agricultura y pesca(21.383 €/año cada uno)
  • 3,5Hostelería y servicios(18.993 €/año cada uno)
  • 3,9Ocupaciones elementales(17.017 €/año cada uno)
Cargo
Concejal de Educación, Seguridad y Emergencias, Servicios Sociales, Participación Ciudadana y Juventud
Partido
PSOE

¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los concejales en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.

Sueldo de Carmen Lourdes Armas Peñate vs media de concejales
Carmen Lourdes Armas Peñate66.000 €
Media de concejales58.862 €

Cobra 7138 € más al año que la media de concejales (112 %).

Sueldo y retribuciones de Carmen Lourdes Armas Peñate

0 €20 mil €40 mil €60 mil €80 mil €201820192020202120222023202420252026

Concejal de Educación, Seguridad y Emergencias, Servicios Sociales, Participación Ciudadana y Juventud

PSOE2019–2023
Salario bruto mensual5500,00 €
Salario bruto anual66.000,00 €

Concejal de Educación, Seguridad y Emergencias, Servicios Sociales, Participación Ciudadana y Juventud

PSOE2019–2023
Salario bruto mensual5500,00 €
Salario bruto anual66.000,00 €

Concejala delegada de Educación

PSOEHasta 2019
Salario bruto mensual4943,60 €
Salario bruto anual59.323,24 €

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto gana Carmen Lourdes Armas Peñate?

Carmen Lourdes Armas Peñate percibe un sueldo bruto anual de 66.000 € en 2026 como Concejal de Educación, Seguridad y Emergencias, Servicios Sociales, Participación Ciudadana y Juventud. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.

¿Cuánto cobra Carmen Lourdes Armas Peñate al mes?

Carmen Lourdes Armas Peñate percibe 5500 € brutos al mes, equivalentes a 66.000 € brutos anuales en 2026.

¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Carmen Lourdes Armas Peñate?

El sueldo bruto anual de Carmen Lourdes Armas Peñate (66.000 €) equivale a 3,9 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).

¿De qué partido es Carmen Lourdes Armas Peñate?

Carmen Lourdes Armas Peñate está afiliado o vinculado a PSOE.

¿Qué cargo tiene actualmente Carmen Lourdes Armas Peñate?

Carmen Lourdes Armas Peñate ocupa actualmente el cargo de Concejal de Educación, Seguridad y Emergencias, Servicios Sociales, Participación Ciudadana y Juventud.

Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .