Dolores Vílchez López
Concejal · PSOE
Cuánto gana Dolores Vílchez López: percibe 39.490 € brutos al año (2821 € al mes) en 2026 como concejal en Ayuntamiento De Alicante.
- Cargo
- Concejal
- Institución
- Ayuntamiento De Alicante
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Comunidad Valenciana
- Municipio
- Alicante
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los concejales en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 19.373 € menos al año que la media de concejales (67 %).
Sueldo y retribuciones de Dolores Vílchez López
Concejal
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 2820,70 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 39.489,75 € |
Dedicación 75%
Concejal
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 2820,70 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 39.489,75 € |
Dedicación 75%
Otros políticos de PSOE
Ver todos →Otros concejales en Comunidad Valenciana
Ver todos →Comparar a Dolores Vílchez López con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Dolores Vílchez López?
Dolores Vílchez López percibe un sueldo bruto anual de 39.490 € en 2026 como Concejal en Ayuntamiento De Alicante. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Dolores Vílchez López al mes?
Dolores Vílchez López percibe 2821 € brutos al mes, equivalentes a 39.490 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Dolores Vílchez López?
El sueldo bruto anual de Dolores Vílchez López (39.490 €) equivale a 2,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Dolores Vílchez López?
Dolores Vílchez López está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Dolores Vílchez López?
Dolores Vílchez López ocupa actualmente el cargo de Concejal en Ayuntamiento De Alicante (Comunidad Valenciana).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .