Francisco Javier Trivez Bielsa
Concejal Grupo PSOE · PSOE
Cuánto gana Francisco Javier Trivez Bielsa: percibe 59.237 € brutos al año (4231 € al mes) en 2026 como concejal grupo psoe en Ayuntamiento De Zaragoza.
- Cargo
- Concejal Grupo PSOE
- Institución
- Ayuntamiento De Zaragoza
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Aragón
- Municipio
- Zaragoza
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los concejales en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 374 € más al año que la media de concejales (101 %).
Sueldo y retribuciones de Francisco Javier Trivez Bielsa
Concejal Grupo PSOE
PSOEHasta 2019| Salario bruto mensual | 4231,20 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 59.236,79 € |
Concejal Grupo PSOE
PSOEHasta 2019| Salario bruto mensual | 4231,20 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 59.236,79 € |
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¿Cuánto gana Francisco Javier Trivez Bielsa?
Francisco Javier Trivez Bielsa percibe un sueldo bruto anual de 59.237 € en 2026 como Concejal Grupo PSOE en Ayuntamiento De Zaragoza. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Francisco Javier Trivez Bielsa al mes?
Francisco Javier Trivez Bielsa percibe 4231 € brutos al mes, equivalentes a 59.237 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Francisco Javier Trivez Bielsa?
El sueldo bruto anual de Francisco Javier Trivez Bielsa (59.237 €) equivale a 3,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Francisco Javier Trivez Bielsa?
Francisco Javier Trivez Bielsa está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Francisco Javier Trivez Bielsa?
Francisco Javier Trivez Bielsa ocupa actualmente el cargo de Concejal Grupo PSOE en Ayuntamiento De Zaragoza (Aragón).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .