Garbiñe Ruiz Noriega
Concejal · ELKARREKIN PODEMOS - IRABAZI
Cuánto gana Garbiñe Ruiz Noriega: percibe 76.237 € brutos al año (5445 € al mes) en 2026 como concejal en Ayuntamiento De Vitoria-Gasteiz.
- Cargo
- Concejal
- Institución
- Ayuntamiento De Vitoria-Gasteiz
- Partido
- ELKARREKIN PODEMOS - IRABAZI
- Comunidad
- País Vasco
- Municipio
- Vitoria-Gasteiz
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los concejales en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 17.374 € más al año que la media de concejales (130 %).
Sueldo y retribuciones de Garbiñe Ruiz Noriega
Concejal
ELKARREKIN PODEMOS - IRABAZIEn activo| Salario bruto mensual | 5445,48 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 76.236,72 € |
Concejal
ELKARREKIN PODEMOS - IRABAZI2019–2023| Salario bruto mensual | 3550,32 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 49.704,50 € |
Dedicación parcial al 75%
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¿Cuánto gana Garbiñe Ruiz Noriega?
Garbiñe Ruiz Noriega percibe un sueldo bruto anual de 76.237 € en 2026 como Concejal en Ayuntamiento De Vitoria-Gasteiz. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Garbiñe Ruiz Noriega al mes?
Garbiñe Ruiz Noriega percibe 5445 € brutos al mes, equivalentes a 76.237 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Garbiñe Ruiz Noriega?
El sueldo bruto anual de Garbiñe Ruiz Noriega (76.237 €) equivale a 4,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Garbiñe Ruiz Noriega?
Garbiñe Ruiz Noriega está afiliado o vinculado a ELKARREKIN PODEMOS - IRABAZI.
¿Qué cargo tiene actualmente Garbiñe Ruiz Noriega?
Garbiñe Ruiz Noriega ocupa actualmente el cargo de Concejal en Ayuntamiento De Vitoria-Gasteiz (País Vasco).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .