Ivan Nieto Martínez
Concejal ICV · ICV-EUIA-PIRATES
Cuánto gana Ivan Nieto Martínez: percibe 19.500 € brutos al año (1393 € al mes) en 2026 como concejal icv en Ayuntamiento L'Hospitalet De Llobregat.
- Cargo
- Concejal ICV
- Institución
- Ayuntamiento L'Hospitalet De Llobregat
- Partido
- ICV-EUIA-PIRATES
- Comunidad
- Cataluña
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los concejales en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 39.362 € menos al año que la media de concejales (33 %).
Sueldo y retribuciones de Ivan Nieto Martínez
Concejal ICV
ICV-EUIA-PIRATESHasta 2019| Salario bruto mensual | 1392,86 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 19.500,00 € |
Sin dedicación. Importe recibido por asistencia a reuniones de los órganos municipales
Concejal ICV
ICV-EUIA-PIRATESHasta 2019| Salario bruto mensual | 1392,86 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 19.500,00 € |
Sin dedicación. Importe recibido por asistencia a reuniones de los órganos municipales
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¿Cuánto gana Ivan Nieto Martínez?
Ivan Nieto Martínez percibe un sueldo bruto anual de 19.500 € en 2026 como Concejal ICV en Ayuntamiento L'Hospitalet De Llobregat. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Ivan Nieto Martínez al mes?
Ivan Nieto Martínez percibe 1393 € brutos al mes, equivalentes a 19.500 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Ivan Nieto Martínez?
El sueldo bruto anual de Ivan Nieto Martínez (19.500 €) equivale a 1,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Ivan Nieto Martínez?
Ivan Nieto Martínez está afiliado o vinculado a ICV-EUIA-PIRATES.
¿Qué cargo tiene actualmente Ivan Nieto Martínez?
Ivan Nieto Martínez ocupa actualmente el cargo de Concejal ICV en Ayuntamiento L'Hospitalet De Llobregat (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .