Josué Iñíguez Ollero
Concejal · PSOE
Cuánto gana Josué Iñíguez Ollero: percibe 67.320 € brutos al año (5610 € al mes) en 2026 como concejal en Ayuntamiento De Las Palmas.
- Cargo
- Concejal
- Institución
- Ayuntamiento De Las Palmas
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Canarias
- Municipio
- Las Palmas
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los concejales en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 8458 € más al año que la media de concejales (114 %).
Sueldo y retribuciones de Josué Iñíguez Ollero
Concejal
PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 5610,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 67.320,00 € |
| Salario base | 4804,57 € |
| Pagas extra | 801,43 € |
Concejal Delegado de Seguridad y Emergencias
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 5416,67 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 65.000,00 € |
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¿Cuánto gana Josué Iñíguez Ollero?
Josué Iñíguez Ollero percibe un sueldo bruto anual de 67.320 € en 2026 como Concejal en Ayuntamiento De Las Palmas. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Josué Iñíguez Ollero al mes?
Josué Iñíguez Ollero percibe 5610 € brutos al mes, equivalentes a 67.320 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Josué Iñíguez Ollero?
El sueldo bruto anual de Josué Iñíguez Ollero (67.320 €) equivale a 3,9 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Josué Iñíguez Ollero?
Josué Iñíguez Ollero está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Josué Iñíguez Ollero?
Josué Iñíguez Ollero ocupa actualmente el cargo de Concejal en Ayuntamiento De Las Palmas (Canarias).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .