María del Carmen Vargas Palmés
Concejala · PSOE
Cuánto gana María del Carmen Vargas Palmés: percibe 67.320 € brutos al año (5610 € al mes) en 2026 como concejala en Ayuntamiento De Las Palmas.
- Cargo
- Concejala
- Institución
- Ayuntamiento De Las Palmas
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Canarias
- Municipio
- Las Palmas
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los concejales en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 8458 € más al año que la media de concejales (114 %).
Sueldo y retribuciones de María del Carmen Vargas Palmés
Concejala
PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 5610,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 67.320,00 € |
| Salario base | 4804,57 € |
| Pagas extra | 801,43 € |
Concejal Delegada de Sevicios Sociales
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 5416,67 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 65.000,00 € |
Otros políticos de PSOE
Ver todos →Otros concejales en Canarias
Ver todos →Comparar a María del Carmen Vargas Palmés con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana María del Carmen Vargas Palmés?
María del Carmen Vargas Palmés percibe un sueldo bruto anual de 67.320 € en 2026 como Concejala en Ayuntamiento De Las Palmas. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra María del Carmen Vargas Palmés al mes?
María del Carmen Vargas Palmés percibe 5610 € brutos al mes, equivalentes a 67.320 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de María del Carmen Vargas Palmés?
El sueldo bruto anual de María del Carmen Vargas Palmés (67.320 €) equivale a 3,9 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es María del Carmen Vargas Palmés?
María del Carmen Vargas Palmés está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente María del Carmen Vargas Palmés?
María del Carmen Vargas Palmés ocupa actualmente el cargo de Concejala en Ayuntamiento De Las Palmas (Canarias).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .