Maria-Dolores Ranera Gomez
Concejal Grupo PSOE · PSOE
Cuánto gana Maria-Dolores Ranera Gomez: percibe 79.182 € brutos al año (5656 € al mes) en 2026 como concejal grupo psoe.
- Cargo
- Concejal Grupo PSOE
- Partido
- PSOE
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los concejales en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 20.320 € más al año que la media de concejales (135 %).
Sueldo y retribuciones de Maria-Dolores Ranera Gomez
Concejal Grupo PSOE
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 5655,87 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 79.182,18 € |
Concejal Grupo PSOE
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 5655,87 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 79.182,18 € |
Concejal Grupo PSOE
PSOEHasta 2019| Salario bruto mensual | 4231,20 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 59.236,79 € |
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¿Cuánto gana Maria-Dolores Ranera Gomez?
Maria-Dolores Ranera Gomez percibe un sueldo bruto anual de 79.182 € en 2026 como Concejal Grupo PSOE. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Maria-Dolores Ranera Gomez al mes?
Maria-Dolores Ranera Gomez percibe 5656 € brutos al mes, equivalentes a 79.182 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Maria-Dolores Ranera Gomez?
El sueldo bruto anual de Maria-Dolores Ranera Gomez (79.182 €) equivale a 4,6 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Maria-Dolores Ranera Gomez?
Maria-Dolores Ranera Gomez está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Maria-Dolores Ranera Gomez?
Maria-Dolores Ranera Gomez ocupa actualmente el cargo de Concejal Grupo PSOE.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .