María Eugenia Blanco Iglesias
Concejala · PSOE
Cuánto gana María Eugenia Blanco Iglesias: percibe 47.395 € brutos al año (3385 € al mes) en 2026 como concejala en Ayuntamiento De Vigo.
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los concejales en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 11.467 € menos al año que la media de concejales (81 %).
Sueldo y retribuciones de María Eugenia Blanco Iglesias
Concejala
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3385,35 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 47.394,92 € |
| Salario base | 3031,88 € |
| Trienios | 353,47 € |
Dedicación 26 horas semanales
Concejala
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3385,35 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 47.394,92 € |
| Salario base | 3031,88 € |
| Trienios | 353,47 € |
Dedicación 26 horas semanales
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¿Cuánto gana María Eugenia Blanco Iglesias?
María Eugenia Blanco Iglesias percibe un sueldo bruto anual de 47.395 € en 2026 como Concejala en Ayuntamiento De Vigo. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra María Eugenia Blanco Iglesias al mes?
María Eugenia Blanco Iglesias percibe 3385 € brutos al mes, equivalentes a 47.395 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de María Eugenia Blanco Iglesias?
El sueldo bruto anual de María Eugenia Blanco Iglesias (47.395 €) equivale a 2,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es María Eugenia Blanco Iglesias?
María Eugenia Blanco Iglesias está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente María Eugenia Blanco Iglesias?
María Eugenia Blanco Iglesias ocupa actualmente el cargo de Concejala en Ayuntamiento De Vigo (Galicia).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .