Marisol Moreno Martínez
Concejala · Guanyar Alacant
Cuánto gana Marisol Moreno Martínez: percibe 48.199 € brutos al año (3443 € al mes) en 2026 como concejala en Ayuntamiento De Alicante.
- Cargo
- Concejala
- Institución
- Ayuntamiento De Alicante
- Partido
- Guanyar Alacant
- Comunidad
- Comunidad Valenciana
- Municipio
- Alicante
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los concejales en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 10.663 € menos al año que la media de concejales (82 %).
Sueldo y retribuciones de Marisol Moreno Martínez
Concejala
Guanyar AlacantHasta 2019| Salario bruto mensual | 3442,79 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 48.199,11 € |
Concejala
Guanyar AlacantHasta 2019| Salario bruto mensual | 3442,79 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 48.199,11 € |
Otros concejales en Comunidad Valenciana
Ver todos →Comparar a Marisol Moreno Martínez con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Marisol Moreno Martínez?
Marisol Moreno Martínez percibe un sueldo bruto anual de 48.199 € en 2026 como Concejala en Ayuntamiento De Alicante. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Marisol Moreno Martínez al mes?
Marisol Moreno Martínez percibe 3443 € brutos al mes, equivalentes a 48.199 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Marisol Moreno Martínez?
El sueldo bruto anual de Marisol Moreno Martínez (48.199 €) equivale a 2,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Marisol Moreno Martínez?
Marisol Moreno Martínez está afiliado o vinculado a Guanyar Alacant.
¿Qué cargo tiene actualmente Marisol Moreno Martínez?
Marisol Moreno Martínez ocupa actualmente el cargo de Concejala en Ayuntamiento De Alicante (Comunidad Valenciana).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .