Montserrat Galcerán Huguet
Concejal · Ahora Madrid
Cuánto gana Montserrat Galcerán Huguet: percibe 97.407 € brutos al año (6958 € al mes) en 2026 como concejal en Ayuntamiento De Madrid.
- Cargo
- Concejal
- Institución
- Ayuntamiento De Madrid
- Partido
- Ahora Madrid
- Comunidad
- Comunidad de Madrid
- Municipio
- Madrid
- Nacimiento
- 1 de enero de 1946 · 80 años
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los concejales en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 38.544 € más al año que la media de concejales (165 %).
Sueldo y retribuciones de Montserrat Galcerán Huguet
Concejal
Ahora MadridHasta 2019| Salario bruto mensual | 6957,62 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 97.406,64 € |
Concejal
Ahora MadridHasta 2019| Salario bruto mensual | 6957,62 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 97.406,64 € |
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¿Cuánto gana Montserrat Galcerán Huguet?
Montserrat Galcerán Huguet percibe un sueldo bruto anual de 97.407 € en 2026 como Concejal en Ayuntamiento De Madrid. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Montserrat Galcerán Huguet al mes?
Montserrat Galcerán Huguet percibe 6958 € brutos al mes, equivalentes a 97.407 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Montserrat Galcerán Huguet?
El sueldo bruto anual de Montserrat Galcerán Huguet (97.407 €) equivale a 5,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Montserrat Galcerán Huguet?
Montserrat Galcerán Huguet está afiliado o vinculado a Ahora Madrid.
¿Qué cargo tiene actualmente Montserrat Galcerán Huguet?
Montserrat Galcerán Huguet ocupa actualmente el cargo de Concejal en Ayuntamiento De Madrid (Comunidad de Madrid).
¿Qué edad tiene Montserrat Galcerán Huguet?
Montserrat Galcerán Huguet nació el 1 de enero de 1946 y tiene 80 años actualmente.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .