Shaila Villar García
Concejal · Guanyar Alacant
Cuánto gana Shaila Villar García: percibe 36.149 € brutos al año (2582 € al mes) en 2026 como concejal en Ayuntamiento De Alicante.
- Cargo
- Concejal
- Institución
- Ayuntamiento De Alicante
- Partido
- Guanyar Alacant
- Comunidad
- Comunidad Valenciana
- Municipio
- Alicante
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los concejales en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 22.713 € menos al año que la media de concejales (61 %).
Sueldo y retribuciones de Shaila Villar García
Concejal
Guanyar AlacantHasta 2019| Salario bruto mensual | 2582,10 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 36.149,33 € |
Dedicación 75%
Concejal
Guanyar AlacantHasta 2019| Salario bruto mensual | 2582,10 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 36.149,33 € |
Dedicación 75%
Otros concejales en Comunidad Valenciana
Ver todos →Comparar a Shaila Villar García con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Shaila Villar García?
Shaila Villar García percibe un sueldo bruto anual de 36.149 € en 2026 como Concejal en Ayuntamiento De Alicante. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Shaila Villar García al mes?
Shaila Villar García percibe 2582 € brutos al mes, equivalentes a 36.149 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Shaila Villar García?
El sueldo bruto anual de Shaila Villar García (36.149 €) equivale a 2,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Shaila Villar García?
Shaila Villar García está afiliado o vinculado a Guanyar Alacant.
¿Qué cargo tiene actualmente Shaila Villar García?
Shaila Villar García ocupa actualmente el cargo de Concejal en Ayuntamiento De Alicante (Comunidad Valenciana).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .