Xiao Varela Gómez
Concejal · Marea Atlántica
Cuánto gana Xiao Varela Gómez: percibe 27.000 € brutos al año (1929 € al mes) en 2026 como concejal.
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¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los concejales en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 31.862 € menos al año que la media de concejales (46 %).
Sueldo y retribuciones de Xiao Varela Gómez
Concejal
Marea Atlántica2019–2021| Salario bruto mensual | 1928,57 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 27.000,00 € |
Retribución básica de concejal con 100% de dedicación, a la espera del reparto de cargos municipales
Concejal
Marea Atlántica2019–2021| Salario bruto mensual | 1928,57 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 27.000,00 € |
Retribución básica de concejal con 100% de dedicación, a la espera del reparto de cargos municipales
Segundo teniente de alcalde y concejal de Regeneración Urbana y Derecho a la Vivienda
Marea AtlánticaHasta 2019| Salario bruto mensual | 2500,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 35.000,00 € |
Otros concejales
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¿Cuánto gana Xiao Varela Gómez?
Xiao Varela Gómez percibe un sueldo bruto anual de 27.000 € en 2026 como Concejal. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Xiao Varela Gómez al mes?
Xiao Varela Gómez percibe 1929 € brutos al mes, equivalentes a 27.000 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Xiao Varela Gómez?
El sueldo bruto anual de Xiao Varela Gómez (27.000 €) equivale a 1,6 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Xiao Varela Gómez?
Xiao Varela Gómez está afiliado o vinculado a Marea Atlántica.
¿Qué cargo tiene actualmente Xiao Varela Gómez?
Xiao Varela Gómez ocupa actualmente el cargo de Concejal.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .