Xosé Luis Jácome Enríquez
Concejal y portavoz adjunto Marea · Marea de Vigo
Cuánto gana Xosé Luis Jácome Enríquez: percibe 14.149 € brutos al año (1011 € al mes) en 2026 como concejal y portavoz adjunto marea en Ayuntamiento De Vigo.
- Cargo
- Concejal y portavoz adjunto Marea
- Institución
- Ayuntamiento De Vigo
- Partido
- Marea de Vigo
- Comunidad
- Galicia
- Municipio
- Vigo
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los concejales en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 44.714 € menos al año que la media de concejales (24 %).
Sueldo y retribuciones de Xosé Luis Jácome Enríquez
Concejal y portavoz adjunto Marea
Marea de VigoHasta 2019| Salario bruto mensual | 1010,61 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 14.148,60 € |
Dedicación parcial 9 horas semanales
Concejal y portavoz adjunto Marea
Marea de VigoHasta 2019| Salario bruto mensual | 1010,61 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 14.148,60 € |
Dedicación parcial 9 horas semanales
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¿Cuánto gana Xosé Luis Jácome Enríquez?
Xosé Luis Jácome Enríquez percibe un sueldo bruto anual de 14.149 € en 2026 como Concejal y portavoz adjunto Marea en Ayuntamiento De Vigo. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Xosé Luis Jácome Enríquez al mes?
Xosé Luis Jácome Enríquez percibe 1011 € brutos al mes, equivalentes a 14.149 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Xosé Luis Jácome Enríquez?
El sueldo bruto anual de Xosé Luis Jácome Enríquez (14.149 €) equivale a 0,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Xosé Luis Jácome Enríquez?
Xosé Luis Jácome Enríquez está afiliado o vinculado a Marea de Vigo.
¿Qué cargo tiene actualmente Xosé Luis Jácome Enríquez?
Xosé Luis Jácome Enríquez ocupa actualmente el cargo de Concejal y portavoz adjunto Marea en Ayuntamiento De Vigo (Galicia).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .