Abraham Gerpe Muñiz
Alcalde Del Ayuntamiento De Coristanco · Independiente
Cuánto gana Abraham Gerpe Muñiz: percibe 38.010 € brutos al año (2715 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de coristanco en Ayuntamiento De Coristanco.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Coristanco
- Institución
- Ayuntamiento De Coristanco
- Partido
- Independiente
- Comunidad
- Galicia
- Municipio
- Coristanco
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Cobra 14.630 € más al año que la media de alcaldes (163 %).
Sueldo y retribuciones de Abraham Gerpe Muñiz
Alcalde Del Ayuntamiento De Coristanco
N.ADS.Inactivo| Salario bruto mensual | 2715,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 38.010,00 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Coristanco
N.ADS.Inactivo| Salario bruto mensual | 2715,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 38.010,00 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Abraham Gerpe Muñiz?
Abraham Gerpe Muñiz percibe un sueldo bruto anual de 38.010 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Coristanco en Ayuntamiento De Coristanco. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Abraham Gerpe Muñiz al mes?
Abraham Gerpe Muñiz percibe 2715 € brutos al mes, equivalentes a 38.010 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Abraham Gerpe Muñiz?
El sueldo bruto anual de Abraham Gerpe Muñiz (38.010 €) equivale a 2,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Abraham Gerpe Muñiz?
Abraham Gerpe Muñiz está afiliado o vinculado a Independiente.
¿Qué cargo tiene actualmente Abraham Gerpe Muñiz?
Abraham Gerpe Muñiz ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Coristanco en Ayuntamiento De Coristanco (Galicia).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .