Ager Izagirre Loroño
Alcalde Del Ayuntamiento De Mungia · PNV
Cuánto gana Ager Izagirre Loroño: percibe 78.345 € brutos al año (6529 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de mungia en Ayuntamiento De Mungia.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Mungia
- Institución
- Ayuntamiento De Mungia
- Partido
- PNV
- Comunidad
- País Vasco
- Municipio
- Mungia
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 54.965 € más al año que la media de alcaldes (335 %).
Sueldo y retribuciones de Ager Izagirre Loroño
Alcalde Del Ayuntamiento De Mungia
EAJ-PNV2019–2023| Salario bruto mensual | 6528,76 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 78.345,06 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Mungia
EAJ-PNV2019–2023| Salario bruto mensual | 6528,76 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 78.345,06 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Ager Izagirre Loroño?
Ager Izagirre Loroño percibe un sueldo bruto anual de 78.345 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Mungia en Ayuntamiento De Mungia. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Ager Izagirre Loroño al mes?
Ager Izagirre Loroño percibe 6529 € brutos al mes, equivalentes a 78.345 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Ager Izagirre Loroño?
El sueldo bruto anual de Ager Izagirre Loroño (78.345 €) equivale a 4,6 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Ager Izagirre Loroño?
Ager Izagirre Loroño está afiliado o vinculado a PNV.
¿Qué cargo tiene actualmente Ager Izagirre Loroño?
Ager Izagirre Loroño ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Mungia en Ayuntamiento De Mungia (País Vasco).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .