Agustin Soriano Villalba
Alcalde Del Ayuntamiento De Villanueva De Viver · Partido Popular
Cuánto gana Agustin Soriano Villalba: percibe 1640 € brutos al año (117 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de villanueva de viver.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Villanueva De Viver
- Partido
- Partido Popular
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 21.740 € menos al año que la media de alcaldes (7 %).
Sueldo y retribuciones de Agustin Soriano Villalba
Alcalde Del Ayuntamiento De Villanueva De Viver
PPDesde 2020| Salario bruto mensual | 117,14 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 1640,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Villanueva De Viver
PPDesde 2020| Salario bruto mensual | 117,14 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 1640,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Villanueva De Viver
PP2019–2020| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 0,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Agustin Soriano Villalba?
Agustin Soriano Villalba percibe un sueldo bruto anual de 1640 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Villanueva De Viver. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Agustin Soriano Villalba al mes?
Agustin Soriano Villalba percibe 117 € brutos al mes, equivalentes a 1640 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Agustin Soriano Villalba?
El sueldo bruto anual de Agustin Soriano Villalba (1640 €) equivale a 0,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Agustin Soriano Villalba?
Agustin Soriano Villalba está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Agustin Soriano Villalba?
Agustin Soriano Villalba ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Villanueva De Viver.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .