Aitor Egurrola Mendiolea
Alcalde Del Ayuntamiento De Mundaka · PNV
Cuánto gana Aitor Egurrola Mendiolea: percibe 7995 € brutos al año (571 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de mundaka en Ayuntamiento De Mundaka.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Mundaka
- Institución
- Ayuntamiento De Mundaka
- Partido
- PNV
- Comunidad
- País Vasco
- Municipio
- Mundaka
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 15.385 € menos al año que la media de alcaldes (34 %).
Sueldo y retribuciones de Aitor Egurrola Mendiolea
Alcalde Del Ayuntamiento De Mundaka
EAJ-PNVInactivo| Salario bruto mensual | 571,07 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 7995,00 € |
| Dietas | 7995,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Mundaka
EAJ-PNVInactivo| Salario bruto mensual | 571,07 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 7995,00 € |
| Dietas | 7995,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Aitor Egurrola Mendiolea?
Aitor Egurrola Mendiolea percibe un sueldo bruto anual de 7995 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Mundaka en Ayuntamiento De Mundaka. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Aitor Egurrola Mendiolea al mes?
Aitor Egurrola Mendiolea percibe 571 € brutos al mes, equivalentes a 7995 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Aitor Egurrola Mendiolea?
El sueldo bruto anual de Aitor Egurrola Mendiolea (7995 €) equivale a 0,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Aitor Egurrola Mendiolea?
Aitor Egurrola Mendiolea está afiliado o vinculado a PNV.
¿Qué cargo tiene actualmente Aitor Egurrola Mendiolea?
Aitor Egurrola Mendiolea ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Mundaka en Ayuntamiento De Mundaka (País Vasco).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .