Alberto Fernando Diaz Lopez
CONCEJAL GRUPO POPULAR · Partido Popular
Cuánto gana Alberto Fernando Diaz Lopez: percibe 35.918 € brutos al año (2566 € al mes) en 2026 como concejal grupo popular en Ayuntamiento De Sevilla.
- Cargo
- CONCEJAL GRUPO POPULAR
- Institución
- Ayuntamiento De Sevilla
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Sevilla
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Cobra 22.945 € menos al año que la media de concejales (61 %).
Sueldo y retribuciones de Alberto Fernando Diaz Lopez
CONCEJAL GRUPO POPULAR
Partido PopularHasta 2019| Salario bruto mensual | 2565,55 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 35.917,70 € |
CONCEJAL GRUPO POPULAR
Partido PopularHasta 2019| Salario bruto mensual | 2565,55 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 35.917,70 € |
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¿Cuánto gana Alberto Fernando Diaz Lopez?
Alberto Fernando Diaz Lopez percibe un sueldo bruto anual de 35.918 € en 2026 como CONCEJAL GRUPO POPULAR en Ayuntamiento De Sevilla. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Alberto Fernando Diaz Lopez al mes?
Alberto Fernando Diaz Lopez percibe 2566 € brutos al mes, equivalentes a 35.918 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Alberto Fernando Diaz Lopez?
El sueldo bruto anual de Alberto Fernando Diaz Lopez (35.918 €) equivale a 2,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Alberto Fernando Diaz Lopez?
Alberto Fernando Diaz Lopez está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Alberto Fernando Diaz Lopez?
Alberto Fernando Diaz Lopez ocupa actualmente el cargo de CONCEJAL GRUPO POPULAR en Ayuntamiento De Sevilla (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .