Alberto Val Ramos
Alcalde Del Ayuntamiento De Torresandino · Ciudadanos
Cuánto gana Alberto Val Ramos: percibe 6775 € brutos al año (484 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de torresandino en Ayuntamiento De Torresandino.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Torresandino
- Institución
- Ayuntamiento De Torresandino
- Partido
- Ciudadanos
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Torresandino
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Cobra 16.605 € menos al año que la media de alcaldes (29 %).
Sueldo y retribuciones de Alberto Val Ramos
Alcalde Del Ayuntamiento De Torresandino
CsEn activo| Salario bruto mensual | 483,94 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 6775,13 € |
El Ayuntamiento no ha remitido información sobre las retribuciones en el año 2024 (ISPA 2025). El salario mostrado se corresponde al remitido por el municipio en el ISPA 2024.
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¿Cuánto gana Alberto Val Ramos?
Alberto Val Ramos percibe un sueldo bruto anual de 6775 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Torresandino en Ayuntamiento De Torresandino. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Alberto Val Ramos al mes?
Alberto Val Ramos percibe 484 € brutos al mes, equivalentes a 6775 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Alberto Val Ramos?
El sueldo bruto anual de Alberto Val Ramos (6775 €) equivale a 0,4 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Alberto Val Ramos?
Alberto Val Ramos está afiliado o vinculado a Ciudadanos.
¿Qué cargo tiene actualmente Alberto Val Ramos?
Alberto Val Ramos ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Torresandino en Ayuntamiento De Torresandino (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .