Alejandro García Ferrer
Alcalde Del Ayuntamiento De Monóvar/Monòver · PSOE
Cuánto gana Alejandro García Ferrer: percibe 40.263 € brutos al año (2876 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de monóvar/monòver.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Monóvar/Monòver
- Partido
- PSOE
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 16.883 € más al año que la media de alcaldes (172 %).
Sueldo y retribuciones de Alejandro García Ferrer
Alcalde Del Ayuntamiento De Monóvar/Monòver
PSOEDesde 2019| Salario bruto mensual | 2875,94 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 40.263,15 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Monóvar/Monòver
PSOEDesde 2019| Salario bruto mensual | 2875,94 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 40.263,15 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Alejandro García Ferrer?
Alejandro García Ferrer percibe un sueldo bruto anual de 40.263 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Monóvar/Monòver. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Alejandro García Ferrer al mes?
Alejandro García Ferrer percibe 2876 € brutos al mes, equivalentes a 40.263 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Alejandro García Ferrer?
El sueldo bruto anual de Alejandro García Ferrer (40.263 €) equivale a 2,4 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Alejandro García Ferrer?
Alejandro García Ferrer está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Alejandro García Ferrer?
Alejandro García Ferrer ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Monóvar/Monòver.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .