Alfredo Marcos Marcos
Alcalde Del Ayuntamiento De Saucedilla · SI
Cuánto gana Alfredo Marcos Marcos: percibe 400 € brutos al año (29 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de saucedilla en Ayuntamiento De Saucedilla.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Saucedilla
- Institución
- Ayuntamiento De Saucedilla
- Partido
- SI
- Comunidad
- Extremadura
- Municipio
- Saucedilla
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 22.980 € menos al año que la media de alcaldes (2 %).
Sueldo y retribuciones de Alfredo Marcos Marcos
Alcalde Del Ayuntamiento De Saucedilla
SIHasta 2019| Salario bruto mensual | 28,56 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 399,78 € |
| Dietas | 399,78 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Saucedilla
SIHasta 2019| Salario bruto mensual | 28,56 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 399,78 € |
| Dietas | 399,78 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Alfredo Marcos Marcos?
Alfredo Marcos Marcos percibe un sueldo bruto anual de 400 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Saucedilla en Ayuntamiento De Saucedilla. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Alfredo Marcos Marcos al mes?
Alfredo Marcos Marcos percibe 29 € brutos al mes, equivalentes a 400 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Alfredo Marcos Marcos?
El sueldo bruto anual de Alfredo Marcos Marcos (400 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Alfredo Marcos Marcos?
Alfredo Marcos Marcos está afiliado o vinculado a SI.
¿Qué cargo tiene actualmente Alfredo Marcos Marcos?
Alfredo Marcos Marcos ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Saucedilla en Ayuntamiento De Saucedilla (Extremadura).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .