Ana Hernandez Rodriguez
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Ingenio · PSOE
Cuánto gana Ana Hernandez Rodriguez: percibe 46.858 € brutos al año (3905 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de ingenio en Ayuntamiento De Ingenio.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Ingenio
- Institución
- Ayuntamiento De Ingenio
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Canarias
- Municipio
- Ingenio
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 23.478 € más al año que la media de alcaldes (200 %).
Sueldo y retribuciones de Ana Hernandez Rodriguez
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Ingenio
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3904,83 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 46.858,00 € |
Dedicación Exclusiva
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Ingenio
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3904,83 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 46.858,00 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Ana Hernandez Rodriguez?
Ana Hernandez Rodriguez percibe un sueldo bruto anual de 46.858 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Ingenio en Ayuntamiento De Ingenio. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Ana Hernandez Rodriguez al mes?
Ana Hernandez Rodriguez percibe 3905 € brutos al mes, equivalentes a 46.858 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Ana Hernandez Rodriguez?
El sueldo bruto anual de Ana Hernandez Rodriguez (46.858 €) equivale a 2,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Ana Hernandez Rodriguez?
Ana Hernandez Rodriguez está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Ana Hernandez Rodriguez?
Ana Hernandez Rodriguez ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Ingenio en Ayuntamiento De Ingenio (Canarias).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .