Ana Iluminada Serna Garcia
Alcaldesa del Ayuntamiento de Albatera · Partido Popular
No consta una retribución pública para el cargo actual de Ana Iluminada Serna Garcia. Puede tratarse de un cargo sin dedicación exclusiva, ad honorem o sin dato salarial publicado en las fuentes oficiales consultadas.
- Cargo
- Alcaldesa del Ayuntamiento de Albatera
- Institución
- Ayuntamiento de Albatera
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Comunidad Valenciana
- Municipio
- Albatera
Biografía
Ana Iluminada Serna Garcia ocupó el cargo de Alcaldesa del Ayuntamiento de Albatera en representación de PP. Ostenta el cargo sin retribución pública (cargo ad honorem). Anteriormente ocupó el cargo de Alcaldesa del Ayuntamiento de Albatera entre 2019 y 2023 en representación de PP.
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Sueldo y retribuciones de Ana Iluminada Serna Garcia
Alcaldesa del Ayuntamiento de Albatera
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 0,00 € |
El Ayuntamiento no ha remitido información sobre las retribuciones en el año 2024 (ISPA 2025). El salario mostrado se corresponde al remitido por el municipio en el ISPA 2024.
Alcaldesa del Ayuntamiento de Albatera
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 0,00 € |
El Ayuntamiento no ha remitido información sobre las retribuciones en el año 2024 (ISPA 2025). El salario mostrado se corresponde al remitido por el municipio en el ISPA 2024.
Otros políticos de Partido Popular
Ver todos →Otros alcaldes de España, por sueldo
Ver todos →Comparar a Ana Iluminada Serna Garcia con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿De qué partido es Ana Iluminada Serna Garcia?
Ana Iluminada Serna Garcia está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo ocupó Ana Iluminada Serna Garcia?
Ana Iluminada Serna Garcia ocupó el cargo de Alcaldesa del Ayuntamiento de Albatera en Ayuntamiento de Albatera (Comunidad Valenciana).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Datos cargados y normalizados de forma automática; el criterio editorial y las comprobaciones están descritos en la metodología.Última actualización del registro: .