Ana María Baltasar Triguero
Alcaldesa · Partido Popular
Cuánto gana Ana María Baltasar Triguero: percibe 20.400 € brutos al año (1457 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Chozas De Canales.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Chozas De Canales
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Chozas De Canales
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Cobra 2980 € menos al año que la media de alcaldes (87 %).
Sueldo y retribuciones de Ana María Baltasar Triguero
Alcaldesa
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 1457,14 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 20.400,00 € |
Dedicación Exclusiva
Alcaldesa
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 1457,14 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 20.400,00 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Ana María Baltasar Triguero?
Ana María Baltasar Triguero percibe un sueldo bruto anual de 20.400 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Chozas De Canales. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Ana María Baltasar Triguero al mes?
Ana María Baltasar Triguero percibe 1457 € brutos al mes, equivalentes a 20.400 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Ana María Baltasar Triguero?
El sueldo bruto anual de Ana María Baltasar Triguero (20.400 €) equivale a 1,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Ana María Baltasar Triguero?
Ana María Baltasar Triguero está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Ana María Baltasar Triguero?
Ana María Baltasar Triguero ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Chozas De Canales (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .