Ana María Gómez Valhondo
Alcaldesa · Partido Popular
Cuánto gana Ana María Gómez Valhondo: percibe 9121 € brutos al año (651 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Trujillanos.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Trujillanos
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Extremadura
- Municipio
- Trujillanos
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 14.259 € menos al año que la media de alcaldes (39 %).
Sueldo y retribuciones de Ana María Gómez Valhondo
Alcaldesa
Partido PopularHasta 2019| Salario bruto mensual | 651,48 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 9120,65 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa
Partido PopularHasta 2019| Salario bruto mensual | 651,48 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 9120,65 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Ana María Gómez Valhondo?
Ana María Gómez Valhondo percibe un sueldo bruto anual de 9121 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Trujillanos. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Ana María Gómez Valhondo al mes?
Ana María Gómez Valhondo percibe 651 € brutos al mes, equivalentes a 9121 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Ana María Gómez Valhondo?
El sueldo bruto anual de Ana María Gómez Valhondo (9121 €) equivale a 0,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Ana María Gómez Valhondo?
Ana María Gómez Valhondo está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Ana María Gómez Valhondo?
Ana María Gómez Valhondo ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Trujillanos (Extremadura).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .