Ana María Palomo González
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Gerindote · PSOE
Cuánto gana Ana María Palomo González: percibe 32.164 € brutos al año (2297 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de gerindote en Ayuntamiento De Gerindote.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Gerindote
- Institución
- Ayuntamiento De Gerindote
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Gerindote
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 8784 € más al año que la media de alcaldes (138 %).
Sueldo y retribuciones de Ana María Palomo González
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Gerindote
PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 2297,41 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 32.163,74 € |
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Gerindote
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 2161,27 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 25.935,28 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Ana María Palomo González?
Ana María Palomo González percibe un sueldo bruto anual de 32.164 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Gerindote en Ayuntamiento De Gerindote. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Ana María Palomo González al mes?
Ana María Palomo González percibe 2297 € brutos al mes, equivalentes a 32.164 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Ana María Palomo González?
El sueldo bruto anual de Ana María Palomo González (32.164 €) equivale a 1,9 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Ana María Palomo González?
Ana María Palomo González está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Ana María Palomo González?
Ana María Palomo González ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Gerindote en Ayuntamiento De Gerindote (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .