Ana Teresa García Lozano
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Villamalea · PSOE
Cuánto gana Ana Teresa García Lozano: percibe 33.600 € brutos al año (2800 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de villamalea en Ayuntamiento De Villamalea.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Villamalea
- Institución
- Ayuntamiento De Villamalea
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Villamalea
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 10.220 € más al año que la media de alcaldes (144 %).
Sueldo y retribuciones de Ana Teresa García Lozano
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Villamalea
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 2800,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 33.600,00 € |
Dedicación Exclusiva
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Villamalea
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 2800,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 33.600,00 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Ana Teresa García Lozano?
Ana Teresa García Lozano percibe un sueldo bruto anual de 33.600 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Villamalea en Ayuntamiento De Villamalea. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Ana Teresa García Lozano al mes?
Ana Teresa García Lozano percibe 2800 € brutos al mes, equivalentes a 33.600 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Ana Teresa García Lozano?
El sueldo bruto anual de Ana Teresa García Lozano (33.600 €) equivale a 2,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Ana Teresa García Lozano?
Ana Teresa García Lozano está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Ana Teresa García Lozano?
Ana Teresa García Lozano ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Villamalea en Ayuntamiento De Villamalea (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .