Ana Teresa Talegón Cuadrado
Alcaldesa · Partido Popular
Cuánto gana Ana Teresa Talegón Cuadrado: percibe 36 € brutos al año (3 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Aspariegos.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Aspariegos
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Aspariegos
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 23.344 € menos al año que la media de alcaldes (0 %).
Sueldo y retribuciones de Ana Teresa Talegón Cuadrado
Alcaldesa
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 2,58 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 36,06 € |
| Dietas | 36,06 € |
Sin dedicación
Alcaldesa
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 2,58 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 36,06 € |
| Dietas | 36,06 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Ana Teresa Talegón Cuadrado?
Ana Teresa Talegón Cuadrado percibe un sueldo bruto anual de 36 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Aspariegos. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Ana Teresa Talegón Cuadrado al mes?
Ana Teresa Talegón Cuadrado percibe 3 € brutos al mes, equivalentes a 36 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Ana Teresa Talegón Cuadrado?
El sueldo bruto anual de Ana Teresa Talegón Cuadrado (36 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Ana Teresa Talegón Cuadrado?
Ana Teresa Talegón Cuadrado está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Ana Teresa Talegón Cuadrado?
Ana Teresa Talegón Cuadrado ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Aspariegos (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .