Ana Villasante Ruiz de Arcaute
Alcaldesa · PNV
Cuánto gana Ana Villasante Ruiz de Arcaute: percibe 18.273 € brutos al año (1305 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Bernedo.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Bernedo
- Partido
- PNV
- Comunidad
- País Vasco
- Municipio
- Bernedo
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 5108 € menos al año que la media de alcaldes (78 %).
Sueldo y retribuciones de Ana Villasante Ruiz de Arcaute
Alcaldesa
EAJ-PNVInactivo| Salario bruto mensual | 1305,18 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 18.272,56 € |
| Dietas | 933,70 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa
EAJ-PNVInactivo| Salario bruto mensual | 1305,18 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 18.272,56 € |
| Dietas | 933,70 € |
Dedicación Parcial
Otros políticos de PNV
Ver todos →Otros alcaldes en País Vasco
Ver todos →Comparar a Ana Villasante Ruiz de Arcaute con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Ana Villasante Ruiz de Arcaute?
Ana Villasante Ruiz de Arcaute percibe un sueldo bruto anual de 18.273 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Bernedo. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Ana Villasante Ruiz de Arcaute al mes?
Ana Villasante Ruiz de Arcaute percibe 1305 € brutos al mes, equivalentes a 18.273 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Ana Villasante Ruiz de Arcaute?
El sueldo bruto anual de Ana Villasante Ruiz de Arcaute (18.273 €) equivale a 1,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Ana Villasante Ruiz de Arcaute?
Ana Villasante Ruiz de Arcaute está afiliado o vinculado a PNV.
¿Qué cargo tiene actualmente Ana Villasante Ruiz de Arcaute?
Ana Villasante Ruiz de Arcaute ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Bernedo (País Vasco).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .