Andres Ruiz Moya
Alcalde Del Ayuntamiento De Suances · PSOE
Cuánto gana Andres Ruiz Moya: percibe 45.581 € brutos al año (3256 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de suances en Ayuntamiento De Suances.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Suances
- Institución
- Ayuntamiento De Suances
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Cantabria
- Municipio
- Suances
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 22.200 € más al año que la media de alcaldes (195 %).
Sueldo y retribuciones de Andres Ruiz Moya
Alcalde Del Ayuntamiento De Suances
PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 3255,75 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 45.580,50 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación exclusiva.
Alcalde Del Ayuntamiento De Suances
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3632,98 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 43.595,80 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Andres Ruiz Moya?
Andres Ruiz Moya percibe un sueldo bruto anual de 45.581 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Suances en Ayuntamiento De Suances. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Andres Ruiz Moya al mes?
Andres Ruiz Moya percibe 3256 € brutos al mes, equivalentes a 45.581 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Andres Ruiz Moya?
El sueldo bruto anual de Andres Ruiz Moya (45.581 €) equivale a 2,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Andres Ruiz Moya?
Andres Ruiz Moya está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Andres Ruiz Moya?
Andres Ruiz Moya ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Suances en Ayuntamiento De Suances (Cantabria).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .