Angel Canosa Fernandez
Alcalde Del Ayuntamiento De Blanes · ERC
Cuánto gana Angel Canosa Fernandez: percibe 55.000 € brutos al año (4583 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de blanes en Ayuntamiento De Blanes.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Blanes
- Institución
- Ayuntamiento De Blanes
- Partido
- ERC
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Blanes
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 31.620 € más al año que la media de alcaldes (235 %).
Sueldo y retribuciones de Angel Canosa Fernandez
Alcalde Del Ayuntamiento De Blanes
ERC-AM2019–2023| Salario bruto mensual | 4583,33 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 55.000,00 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Blanes
ERC-AM2019–2023| Salario bruto mensual | 4583,33 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 55.000,00 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Angel Canosa Fernandez?
Angel Canosa Fernandez percibe un sueldo bruto anual de 55.000 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Blanes en Ayuntamiento De Blanes. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Angel Canosa Fernandez al mes?
Angel Canosa Fernandez percibe 4583 € brutos al mes, equivalentes a 55.000 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Angel Canosa Fernandez?
El sueldo bruto anual de Angel Canosa Fernandez (55.000 €) equivale a 3,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Angel Canosa Fernandez?
Angel Canosa Fernandez está afiliado o vinculado a ERC.
¿Qué cargo tiene actualmente Angel Canosa Fernandez?
Angel Canosa Fernandez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Blanes en Ayuntamiento De Blanes (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .