Ángel Navallas Etxarte
Alcalde Del Ayuntamiento De Sangüesa/Zangoza · APS
Cuánto gana Ángel Navallas Etxarte: percibe 22.481 € brutos al año (1606 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de sangüesa/zangoza en Ayuntamiento De Sangüesa/Zangoza.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Sangüesa/Zangoza
- Institución
- Ayuntamiento De Sangüesa/Zangoza
- Partido
- APS
- Comunidad
- Navarra
- Municipio
- Sangüesa/Zangoza
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 899 € menos al año que la media de alcaldes (96 %).
Sueldo y retribuciones de Ángel Navallas Etxarte
Alcalde Del Ayuntamiento De Sangüesa/Zangoza
APSInactivo| Salario bruto mensual | 1605,78 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 22.480,96 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Sangüesa/Zangoza
APSInactivo| Salario bruto mensual | 1605,78 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 22.480,96 € |
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¿Cuánto gana Ángel Navallas Etxarte?
Ángel Navallas Etxarte percibe un sueldo bruto anual de 22.481 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Sangüesa/Zangoza en Ayuntamiento De Sangüesa/Zangoza. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Ángel Navallas Etxarte al mes?
Ángel Navallas Etxarte percibe 1606 € brutos al mes, equivalentes a 22.481 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Ángel Navallas Etxarte?
El sueldo bruto anual de Ángel Navallas Etxarte (22.481 €) equivale a 1,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Ángel Navallas Etxarte?
Ángel Navallas Etxarte está afiliado o vinculado a APS.
¿Qué cargo tiene actualmente Ángel Navallas Etxarte?
Ángel Navallas Etxarte ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Sangüesa/Zangoza en Ayuntamiento De Sangüesa/Zangoza (Navarra).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .