Ángela Jiménez Castañares
Alcaldesa · PSOE
Cuánto gana Ángela Jiménez Castañares: percibe 7000 € brutos al año (500 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Guijo De Santa Bárbara.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Guijo De Santa Bárbara
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Extremadura
- Municipio
- Guijo De Santa Bárbara
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 16.380 € menos al año que la media de alcaldes (30 %).
Sueldo y retribuciones de Ángela Jiménez Castañares
Alcaldesa
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 500,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 7000,00 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 500,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 7000,00 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Ángela Jiménez Castañares?
Ángela Jiménez Castañares percibe un sueldo bruto anual de 7000 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Guijo De Santa Bárbara. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Ángela Jiménez Castañares al mes?
Ángela Jiménez Castañares percibe 500 € brutos al mes, equivalentes a 7000 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Ángela Jiménez Castañares?
El sueldo bruto anual de Ángela Jiménez Castañares (7000 €) equivale a 0,4 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Ángela Jiménez Castañares?
Ángela Jiménez Castañares está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Ángela Jiménez Castañares?
Ángela Jiménez Castañares ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Guijo De Santa Bárbara (Extremadura).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .