Ángeles Martínez García
Alcaldesa · Partido Popular
Cuánto gana Ángeles Martínez García: percibe 21.422 € brutos al año (1530 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Munera.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Munera
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Munera
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 1958 € menos al año que la media de alcaldes (92 %).
Sueldo y retribuciones de Ángeles Martínez García
Alcaldesa
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 1530,15 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 21.422,16 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 1530,15 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 21.422,16 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Ángeles Martínez García?
Ángeles Martínez García percibe un sueldo bruto anual de 21.422 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Munera. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Ángeles Martínez García al mes?
Ángeles Martínez García percibe 1530 € brutos al mes, equivalentes a 21.422 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Ángeles Martínez García?
El sueldo bruto anual de Ángeles Martínez García (21.422 €) equivale a 1,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Ángeles Martínez García?
Ángeles Martínez García está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Ángeles Martínez García?
Ángeles Martínez García ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Munera (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .