Anselmo Cardona Puig
Alcalde Del Ayuntamiento De Llombai · PSOE
Cuánto gana Anselmo Cardona Puig: percibe 580 € brutos al año (41 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de llombai en Ayuntamiento De Llombai.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Llombai
- Institución
- Ayuntamiento De Llombai
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Comunidad Valenciana
- Municipio
- Llombai
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 22.800 € menos al año que la media de alcaldes (2 %).
Sueldo y retribuciones de Anselmo Cardona Puig
Alcalde Del Ayuntamiento De Llombai
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 41,45 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 580,30 € |
| Dietas | 580,30 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Llombai
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 41,45 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 580,30 € |
| Dietas | 580,30 € |
Sin dedicación
Otros políticos de PSOE
Ver todos →Otros alcaldes en Comunidad Valenciana
Ver todos →Comparar a Anselmo Cardona Puig con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Anselmo Cardona Puig?
Anselmo Cardona Puig percibe un sueldo bruto anual de 580 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Llombai en Ayuntamiento De Llombai. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Anselmo Cardona Puig al mes?
Anselmo Cardona Puig percibe 41 € brutos al mes, equivalentes a 580 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Anselmo Cardona Puig?
El sueldo bruto anual de Anselmo Cardona Puig (580 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Anselmo Cardona Puig?
Anselmo Cardona Puig está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Anselmo Cardona Puig?
Anselmo Cardona Puig ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Llombai en Ayuntamiento De Llombai (Comunidad Valenciana).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .