Antoni Navarro i Robledo
Alcalde Del Ayuntamiento De Llagostera · ERC
Cuánto gana Antoni Navarro i Robledo: percibe 11.400 € brutos al año (814 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de llagostera.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Llagostera
- Partido
- ERC
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 11.980 € menos al año que la media de alcaldes (49 %).
Sueldo y retribuciones de Antoni Navarro i Robledo
Alcalde Del Ayuntamiento De Llagostera
ERC-AMDesde 2020| Salario bruto mensual | 814,29 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 11.400,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Llagostera
ERC-AMDesde 2020| Salario bruto mensual | 814,29 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 11.400,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Llagostera
ERC-AM2019–2020| Salario bruto mensual | 681,12 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 9535,63 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Antoni Navarro i Robledo?
Antoni Navarro i Robledo percibe un sueldo bruto anual de 11.400 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Llagostera. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Antoni Navarro i Robledo al mes?
Antoni Navarro i Robledo percibe 814 € brutos al mes, equivalentes a 11.400 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Antoni Navarro i Robledo?
El sueldo bruto anual de Antoni Navarro i Robledo (11.400 €) equivale a 0,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Antoni Navarro i Robledo?
Antoni Navarro i Robledo está afiliado o vinculado a ERC.
¿Qué cargo tiene actualmente Antoni Navarro i Robledo?
Antoni Navarro i Robledo ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Llagostera.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .