Cargo en activo

Antonia María Antequera Rodríguez

Alcaldesa Del Ayuntamiento De Gualchos · PSOE

Cuánto gana Antonia María Antequera Rodríguez: percibe 39.969 € brutos al año (2855 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de gualchos en Ayuntamiento De Gualchos.

Sueldo bruto anual39.969 €
Mensual2855 €
Su sueldo equivale a 1,4 veces el salario medio bruto anual en España.Salario medio: 29.540 € brutos/año (INE, año 2024).
+71%vs media de alcaldes-7%vs media en Andalucía
El sueldo, en perspectiva

Cobra 2,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional

Equivale a 2,3 veces el SMI.

Directivos y gerentes59,5 mil €Sueldo de Antonia María40 mil €Técnicos y profesionales39,4 mil €Hostelería y servicios19 mil €Salario Mínimo (2026)17,1 mil €Ocupaciones elementales17 mil €

Fuentes: INE — Encuesta Anual de Estructura Salarial (datos 2024); INE — Encuesta de Estructura Salarial (grupos profesionales, datos 2022); BOE — Salario Mínimo Interprofesional 2026.

¿A cuántos trabajadores equivale su sueldo?

Lo que Antonia María Antequera Rodríguez cobra en un año equivale al salario bruto anual de:

  • 1,0Técnicos y profesionales(39.356 €/año cada uno)
  • 1,3Técnicos de apoyo(31.900 €/año cada uno)
  • 1,6Operadores de maquinaria y conductores(24.793 €/año cada uno)
  • 1,6Industria y construcción cualificada(24.318 €/año cada uno)
  • 1,7Empleados administrativos(24.198 €/año cada uno)
  • 1,9Agricultura y pesca(21.383 €/año cada uno)
  • 2,1Hostelería y servicios(18.993 €/año cada uno)
  • 2,3Ocupaciones elementales(17.017 €/año cada uno)
Cargo
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Gualchos
Institución
Ayuntamiento De Gualchos
Partido
PSOE
Comunidad
Andalucía
Municipio
Gualchos

¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.

Sueldo de Antonia María Antequera Rodríguez vs media de alcaldes
Antonia María Antequera Rodríguez39.969 €
Media de alcaldes23.380 €

Cobra 16.589 € más al año que la media de alcaldes (171 %).

Sueldo y retribuciones de Antonia María Antequera Rodríguez

0 €10 mil €20 mil €30 mil €40 mil €20192020202120222023202420252026

Alcaldesa Del Ayuntamiento De Gualchos

PSOE-AEn activo
Salario bruto mensual2854,94 €
Salario bruto anual39.969,20 €

Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación exclusiva.

Alcaldesa Del Ayuntamiento De Gualchos

PSOE-A2019–2023
Salario bruto mensual2227,40 €
Salario bruto anual26.728,79 €

Dedicación Exclusiva

Otros políticos de PSOE

Ver todos →

Otros alcaldes en Andalucía

Ver todos →

Comparar a Antonia María Antequera Rodríguez con…

Ver todas las comparativas →

Preguntas frecuentes

¿Cuánto gana Antonia María Antequera Rodríguez?

Antonia María Antequera Rodríguez percibe un sueldo bruto anual de 39.969 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Gualchos en Ayuntamiento De Gualchos. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.

¿Cuánto cobra Antonia María Antequera Rodríguez al mes?

Antonia María Antequera Rodríguez percibe 2855 € brutos al mes, equivalentes a 39.969 € brutos anuales en 2026.

¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Antonia María Antequera Rodríguez?

El sueldo bruto anual de Antonia María Antequera Rodríguez (39.969 €) equivale a 2,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).

¿De qué partido es Antonia María Antequera Rodríguez?

Antonia María Antequera Rodríguez está afiliado o vinculado a PSOE.

¿Qué cargo tiene actualmente Antonia María Antequera Rodríguez?

Antonia María Antequera Rodríguez ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Gualchos en Ayuntamiento De Gualchos (Andalucía).

Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .