Antonio Cabrera Gea
Alcalde Del Ayuntamiento De Vélez-Blanco · PSOE
Cuánto gana Antonio Cabrera Gea: percibe 39.371 € brutos al año (2812 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de vélez-blanco en Ayuntamiento De Vélez-Blanco.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Vélez-Blanco
- Institución
- Ayuntamiento De Vélez-Blanco
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Vélez-Blanco
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 15.991 € más al año que la media de alcaldes (168 %).
Sueldo y retribuciones de Antonio Cabrera Gea
Alcalde Del Ayuntamiento De Vélez-Blanco
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 2812,24 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 39.371,36 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Vélez-Blanco
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 2812,24 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 39.371,36 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Antonio Cabrera Gea?
Antonio Cabrera Gea percibe un sueldo bruto anual de 39.371 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Vélez-Blanco en Ayuntamiento De Vélez-Blanco. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Antonio Cabrera Gea al mes?
Antonio Cabrera Gea percibe 2812 € brutos al mes, equivalentes a 39.371 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Antonio Cabrera Gea?
El sueldo bruto anual de Antonio Cabrera Gea (39.371 €) equivale a 2,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Antonio Cabrera Gea?
Antonio Cabrera Gea está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Antonio Cabrera Gea?
Antonio Cabrera Gea ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Vélez-Blanco en Ayuntamiento De Vélez-Blanco (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .