Antonio Campos Campos
Alcalde Del Ayuntamiento De Casarabonela · PSOE
Cuánto gana Antonio Campos Campos: percibe 31.228 € brutos al año (2602 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de casarabonela en Ayuntamiento De Casarabonela.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Casarabonela
- Institución
- Ayuntamiento De Casarabonela
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Casarabonela
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 7848 € más al año que la media de alcaldes (134 %).
Sueldo y retribuciones de Antonio Campos Campos
Alcalde Del Ayuntamiento De Casarabonela
PSOE-AEn activo| Salario bruto mensual | 2602,32 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 31.227,81 € |
El Ayuntamiento no ha remitido información sobre las retribuciones en el año 2024 (ISPA 2025). El salario mostrado se corresponde al remitido por el municipio en el ISPA 2024.
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¿Cuánto gana Antonio Campos Campos?
Antonio Campos Campos percibe un sueldo bruto anual de 31.228 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Casarabonela en Ayuntamiento De Casarabonela. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Antonio Campos Campos al mes?
Antonio Campos Campos percibe 2602 € brutos al mes, equivalentes a 31.228 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Antonio Campos Campos?
El sueldo bruto anual de Antonio Campos Campos (31.228 €) equivale a 1,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Antonio Campos Campos?
Antonio Campos Campos está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Antonio Campos Campos?
Antonio Campos Campos ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Casarabonela en Ayuntamiento De Casarabonela (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .