Antonio Campos Ruiz
Alcalde Del Ayuntamiento De Alcalá Del Río · PSOE
Cuánto gana Antonio Campos Ruiz: percibe 42.060 € brutos al año (3004 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de alcalá del río en Ayuntamiento De Alcalá Del Río.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Alcalá Del Río
- Institución
- Ayuntamiento De Alcalá Del Río
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Alcalá Del Río
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Cobra 18.680 € más al año que la media de alcaldes (180 %).
Sueldo y retribuciones de Antonio Campos Ruiz
Alcalde Del Ayuntamiento De Alcalá Del Río
PSOE-AInactivo| Salario bruto mensual | 3004,29 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 42.060,00 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Alcalá Del Río
PSOE-AInactivo| Salario bruto mensual | 3004,29 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 42.060,00 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Antonio Campos Ruiz?
Antonio Campos Ruiz percibe un sueldo bruto anual de 42.060 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Alcalá Del Río en Ayuntamiento De Alcalá Del Río. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Antonio Campos Ruiz al mes?
Antonio Campos Ruiz percibe 3004 € brutos al mes, equivalentes a 42.060 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Antonio Campos Ruiz?
El sueldo bruto anual de Antonio Campos Ruiz (42.060 €) equivale a 2,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Antonio Campos Ruiz?
Antonio Campos Ruiz está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Antonio Campos Ruiz?
Antonio Campos Ruiz ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Alcalá Del Río en Ayuntamiento De Alcalá Del Río (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .