Antonio Miguel Sánchez
Alcalde Del Ayuntamiento De Villarta De Los Montes · Partido Popular
Cuánto gana Antonio Miguel Sánchez: percibe 26.895 € brutos al año (1921 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de villarta de los montes en Ayuntamiento De Villarta De Los Montes.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Villarta De Los Montes
- Institución
- Ayuntamiento De Villarta De Los Montes
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Extremadura
- Municipio
- Villarta De Los Montes
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 3514 € más al año que la media de alcaldes (115 %).
Sueldo y retribuciones de Antonio Miguel Sánchez
Alcalde Del Ayuntamiento De Villarta De Los Montes
PPEn activo| Salario bruto mensual | 1921,04 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 26.894,58 € |
Otros políticos de Partido Popular
Ver todos →Otros alcaldes en Extremadura
Ver todos →Comparar a Antonio Miguel Sánchez con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Antonio Miguel Sánchez?
Antonio Miguel Sánchez percibe un sueldo bruto anual de 26.895 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Villarta De Los Montes en Ayuntamiento De Villarta De Los Montes. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Antonio Miguel Sánchez al mes?
Antonio Miguel Sánchez percibe 1921 € brutos al mes, equivalentes a 26.895 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Antonio Miguel Sánchez?
El sueldo bruto anual de Antonio Miguel Sánchez (26.895 €) equivale a 1,6 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Antonio Miguel Sánchez?
Antonio Miguel Sánchez está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Antonio Miguel Sánchez?
Antonio Miguel Sánchez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Villarta De Los Montes en Ayuntamiento De Villarta De Los Montes (Extremadura).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .