Antonio Navarro López
Alcalde Del Ayuntamiento De Alicún · PSOE
Cuánto gana Antonio Navarro López: percibe 20.688 € brutos al año (1478 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de alicún en Ayuntamiento De Alicún.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Alicún
- Institución
- Ayuntamiento De Alicún
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Alicún
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 2692 € menos al año que la media de alcaldes (88 %).
Sueldo y retribuciones de Antonio Navarro López
Alcalde Del Ayuntamiento De Alicún
PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 1477,71 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 20.688,00 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación parcial.
Alcalde Del Ayuntamiento De Alicún
PSOE-A2019–2023| Salario bruto mensual | 1330,84 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 15.970,04 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Antonio Navarro López?
Antonio Navarro López percibe un sueldo bruto anual de 20.688 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Alicún en Ayuntamiento De Alicún. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Antonio Navarro López al mes?
Antonio Navarro López percibe 1478 € brutos al mes, equivalentes a 20.688 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Antonio Navarro López?
El sueldo bruto anual de Antonio Navarro López (20.688 €) equivale a 1,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Antonio Navarro López?
Antonio Navarro López está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Antonio Navarro López?
Antonio Navarro López ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Alicún en Ayuntamiento De Alicún (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .