Antonio Nogales Monedero
Alcalde Del Ayuntamiento De Pedrera · ADELANTE
Cuánto gana Antonio Nogales Monedero: percibe 31.136 € brutos al año (2595 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de pedrera en Ayuntamiento De Pedrera.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Pedrera
- Institución
- Ayuntamiento De Pedrera
- Partido
- ADELANTE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Pedrera
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 7756 € más al año que la media de alcaldes (133 %).
Sueldo y retribuciones de Antonio Nogales Monedero
Alcalde Del Ayuntamiento De Pedrera
ADELANTE2019–2023| Salario bruto mensual | 2594,66 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 31.135,86 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Pedrera
ADELANTE2019–2023| Salario bruto mensual | 2594,66 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 31.135,86 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Antonio Nogales Monedero?
Antonio Nogales Monedero percibe un sueldo bruto anual de 31.136 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Pedrera en Ayuntamiento De Pedrera. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Antonio Nogales Monedero al mes?
Antonio Nogales Monedero percibe 2595 € brutos al mes, equivalentes a 31.136 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Antonio Nogales Monedero?
El sueldo bruto anual de Antonio Nogales Monedero (31.136 €) equivale a 1,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Antonio Nogales Monedero?
Antonio Nogales Monedero está afiliado o vinculado a ADELANTE.
¿Qué cargo tiene actualmente Antonio Nogales Monedero?
Antonio Nogales Monedero ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Pedrera en Ayuntamiento De Pedrera (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .